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Obligaciones del Conductor que todo Profesor de Autoescuela debe saber.

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Control del aseguramiento y efectos del incumplimiento para el Profesor de Autoescuela.

El cumplimiento del seguro se vigila mediante el fichero FIVA, donde las aseguradoras registran obligatoriamente todas las pólizas. Aunque los agentes consultan este registro telemáticamente, el vehículo debe poder acreditar su vigencia con el justificante de pago de la prima.

Circular sin seguro conlleva la prohibición inmediata de circulación y el depósito o precinto del vehículo por un mes (tres si hay reincidencia). El propietario solo podrá recuperarlo tras contratar el seguro y abonar todos los gastos de custodia generados.

Las sanciones económicas varían entre 601 y 3.005 euros (un tercio si es un VMP), graduándose según la gravedad y el tipo de vehículo. La mitad de lo recaudado se destina al Consorcio de Compensación de Seguros para indemnizar a víctimas de accidentes.

Derecho de repetición del asegurador para el Formador Vial.

La aseguradora o el Consorcio pueden reclamar el importe abonado contra el conductor, el propietario o el asegurado en casos de conducta dolosa (intencionada), conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, o si el conductor carecía de permiso de conducir. También podrán repetir contra cualquier tercero responsable de los daños según lo previsto en la Ley de Contrato de Seguro.

En el caso de los Vehículos Personales Ligeros (VMP), se añade una causa específica: la aseguradora podrá reclamar contra los usuarios que hayan manipulado las características técnicas del vehículo, siempre que dicha alteración haya influido en el accidente o en su gravedad. El plazo para ejercer esta acción legal es de un año desde que se realizó el pago al perjudicado.

La Acción Directa contra el Asegurador Docente de Seguridad Vial.

Acción directa y obligación de pago La víctima o sus herederos tienen acción directa para reclamar la indemnización al asegurador, derecho que prescribe al cabo de un año. La compañía solo puede librarse de pagar si demuestra que el accidente no genera responsabilidad civil.

Inoponibilidad frente al perjudicado La aseguradora no puede negarse a indemnizar al tercero basándose en cláusulas del contrato, aunque estén pactadas. Específicamente, no puede oponer:

  • Que el conductor no tuviera permiso de conducir o que el vehículo tuviera fallos técnicos de seguridad.
  • Que el vehículo fuera usado de forma ilegítima sin ser robo (por ejemplo, sin permiso del dueño).
  • Que el ocupante supiera que el conductor iba bajo los efectos del alcohol o drogas.
  • La existencia de franquicias (el seguro paga todo al tercero y luego lo reclama al asegurado).
  • La falta de uso de la declaración amistosa de accidente.

En resumen, el seguro obligatorio protege siempre al perjudicado, independientemente de los incumplimientos del conductor o tomador, sin perjuicio de que luego la aseguradora pueda reclamar el dinero a estos (derecho de repetición).

Otros enlaces relacionados con el Formador Vial.

Manual de la Prevención de Riesgos Laborales para el Profesor de Autoescuela (Formate Editorial).

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