La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una Instrucción para clarificar el uso del dispositivo luminoso de preseñalización de peligro V-16 en situaciones de circulación internacional.
España, pionera en la implantación obligatoria de la señal V-16
A partir del 1 de enero de 2026, España será el primer país en hacer obligatorio el uso del dispositivo V-16 luminoso y conectado como ÚNICO medio legal de señalización para vehículos inmovilizados. Esta medida sustituye el uso de los triángulos de preseñalización, permitiendo señalizar la posición del vehículo sin necesidad de salir del mismo, reduciendo así los riesgos personales.
Compatibilidad con la normativa internacional
La Convención de Viena establece que los países pueden exigir que los vehículos que circulen internacionalmente por su territorio lleven un dispositivo de señalización que puede ser un triángulo equilátero u otro dispositivo de eficacia equivalente aprobado en el país de matriculación del vehículo.
- Vehículos extranjeros en España: los vehículos matriculados en otros países podrán seguir utilizando los triángulos de preseñalización para cumplir con la normativa española mientras circulan en España.
- Vehículos españoles en el extranjero: los vehículos matriculados en España que circulen por otros países firmantes de los convenios internacionales vigentes cumplirán con la normativa utilizando el nuevo dispositivo V-16 luminoso y conectado, sin necesidad de portar triángulos de preseñalización.
Marco normativo para la circulación internacional
Las Convenciones sobre Circulación Vial vigentes, como la Convención de Ginebra (1949) y la Convención de Viena (1968), establecen criterios uniformes para la circulación internacional. Aunque la Convención de Ginebra no especifica normas comunes sobre la señalización de vehículos inmovilizados, la Convención de Viena permite a los países exigir un dispositivo de preseñalización que puede ser un triángulo o una alternativa de eficacia equivalente.
Por ello, los vehículos matriculados en otros países que circulen en España en situación de «circulación internacional» cumplen con la normativa si portan y utilizan triángulos de preseñalización o un dispositivo equivalente conforme a la normativa de su país de origen.
Por su parte, los vehículos matriculados en España que circulen internacionalmente por países adheridos a la Convención de Ginebra o de Viena cumplirán con la normativa portando y utilizando la señal V-16 luminosa y conectada, sin necesidad de llevar triángulos de preseñalización.
FAQ’s sobre la Instrucción de la señal V-16 en circulación internacional
- ¿Qué es la señal V-16 y cuál es su función?
La señal V-16 es un dispositivo luminoso diseñado para preseñalizar vehículos inmovilizados en la calzada, en caso de avería o accidente, sin necesidad de salir del vehículo. A partir del 1 de enero de 2026, será obligatorio que esté conectada y será el único medio legal de señalización en España. - ¿Desde cuándo es obligatoria la señal V-16 conectada en España?
La obligatoriedad de llevar la señal V-16 conectada comenzará el 1 de enero de 2026. - ¿Qué vehículos están obligados a llevar la señal V-16 conectada en España?
Turismos, vehículos mixtos, autobuses y automóviles destinados al transporte de mercancías estarán obligados a llevar este dispositivo como accesorio. - ¿Dónde debe llevarse la señal?
El dispositivo debe guardarse en el interior del vehículo, en un lugar fácilmente accesible y cargado. No es recomendable el uso de pilas recargables para garantizar su funcionamiento en todo momento. - ¿Dónde se coloca la señal V-16?
La señal debe colocarse en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado, asegurando su máxima visibilidad. El diseño de la V-16 permite que se mantenga estable sobre una superficie plana. Si no es posible acceder al techo del vehículo por su altura, la señal debe estar equipada con un sistema, como un imán, que permita colocarla en la puerta del conductor u otra ubicación visible. - ¿Qué ocurre con los vehículos matriculados en otros países que circulen por España?
Los vehículos matriculados en otros países que se encuentren en situación de “circulación internacional” por España estarán cumpliendo la normativa si utilizan los triángulos de preseñalización de peligro o un dispositivo equivalente aprobado en su país de origen. - ¿Es necesario que los vehículos extranjeros utilicen la señal V-16 en España?
No, los vehículos matriculados en otros países pueden continuar utilizando los triángulos de preseñalización mientras circulen por España. - ¿Qué normativa se aplica a los vehículos matriculados en España que circulen por otros países?
Los vehículos matriculados en España en situación de “circulación internacional” cumplirán la normativa utilizando la señal V-16 conectada. No necesitan llevar triángulos, siempre que el país de destino sea firmante de la Convención de Ginebra (1949) o de Viena (1968). - ¿Qué define la “circulación internacional”?
Según las Convenciones de Ginebra (1949) y Viena (1968), la circulación internacional se refiere a:
- El paso de una frontera por un vehículo.
- La circulación de un vehículo matriculado en un país distinto al que está circulando.
- La propiedad del vehículo por parte de una persona física o jurídica residente en otro país.
- ¿Qué establece la Convención de Viena sobre dispositivos de señalización en circulación internacional?
La Convención de Viena permite a los países exigir que los vehículos en circulación internacional lleven:
- Un triángulo equilátero.
- Otro dispositivo de señalización equivalente, conforme a la normativa del país de matriculación.
- ¿Qué modelos de señal V-16 están homologados y dónde puedo consultarlos?
Únicamente los modelos publicados en el apartado “Marcas y modelos certificados” de la DGT han superado el proceso de certificación en los laboratorios designados. - ¿Cómo sabrán el resto de los conductores que mi vehículo se encuentra en situación de emergencia?
El haz luminoso de la V-16 es visible a 1 kilómetro de distancia. Si el dispositivo está conectado, notificará la emergencia a través de navegadores, aplicaciones de movilidad o los ordenadores de a bordo de otros vehículos. Para los conductores de vehículos antiguos o sin tecnología avanzada, la información aparecerá en los Paneles de Mensaje Variable de las carreteras. - ¿Cómo se conecta mi vehículo a DGT 3.0? ¿Debo contratar un servicio adicional?
El dispositivo V-16 incluye todos los elementos necesarios para su funcionamiento, incluyendo los sistemas de comunicación. No es necesario contratar servicios externos como aplicaciones móviles. La conectividad está garantizada por un mínimo de 12 años, y el coste ya está incluido en el precio de venta del dispositivo. Es importante revisar la fecha de caducidad impresa en el dispositivo y en su envase. - ¿Dónde puedo consultar la lista de países firmantes de las Convenciones de Ginebra o Viena?
La lista de países firmantes de las Convenciones de Ginebra (1949) y Viena (1968) está disponible en la página oficial de la DGT o en organismos internacionales de seguridad vial. - ¿En dónde consideran ustedes que debe colocarse la nueva señal V-16 en los camiones dotados de una carrocería que sobresale por encima de la cabina, ya sean rígidos, articulados o EMS de todo tipo cuando queden inmovilizados de día en zonas de baja visibilidad?El objetivo principal de la nueva señal luminosa conectada V-16 es la señalización del vehículo inmovilizado en el caso de accidente o avería, evitando el riesgo de que los conductores caminen por la calzada a colocar los triángulos de emergencia recorriendo como mínimo 100 m, estando demostrado además, que en ocasiones los triángulos no se soportan por sí mismos y se caen, quedando de este modo inutilizada su función de señalización, con el añadido de que muchos conductores abandonan sus triángulos por temor a su seguridad.De acuerdo con el artículo 130.3 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, “en el caso de accidente o avería, como norma general, si el vehículo está inmovilizado sin posibilidad de reemprendermla marcha, los ocupantes deberán abandonar el vehículo, siempre que exista un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación y, en todo caso, deberán salir del vehículo por el lado contrario al flujo de tráfico sin transitar o permanecer en los carriles o arcenes que conforman dicha plataforma. Si las condiciones de circulación no permitieran a los ocupantes abandonar el vehículo con seguridad, permanecerán en el habitáculo con el cinturón abrochado”.La redacción del articulado permite al conductor que en el caso de que pueda abandonar el vehículo con seguridad pueda colocar la baliza V-16 en la parte posterior del vehículo.
En caso de que el conductor no pueda abandonar el vehículo deberá colocar la baliza en la parte accesible exterior más alta de la cabina, si por altura no es posible acceder a esta zona, se podrá fijar sobre la puerta de conductor o parte lateral del vehículo. En todo caso, es importante destacar que el dispositivo de preseñalización de peligro V-16 proporciona visibilidad de carácter virtual gracias al envío de la señal a la plataforma de vehículo conectado que transmitirá la información a los organismos competentes en tráfico que lo pondrán a disposición a los usuarios y proveedores de servicio a través del Punto de Acceso Nacional de Tráfico y Movilidad. Además, si fuese posible los Centros de Gestión de Tráfico podrán advertir del riesgo del vehículo parado a través de paneles de mensaje variable en caso de existir en las proximidades.
Se recuerda igualmente la obligación de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, conforme establece el apartado 4 del referido artículo 130.
- En el caso de caída de mercancía a la carretera ¿en dónde consideran ustedes que se debe de ubicar la nueva señal V16? ¿en el vehículo, teniendo en cuenta lo planteado en la respuesta anterior? ¿en la propia mercancía caída, teniendo en cuenta que puede tratarse de mercancía que no cuente con superficies metálicas en dónde adherir la baliza? ¿en lancalzada?En todo caso en el vehículo por lo ya referido en la respuesta a la pregunta anterior.Se debe tener en cuenta que el haz luminoso debe alcanzar una distancia de 1000 m, lo que permite a los demás conductores tomar las medidas oportunas y en el caso de que no sea visible físicamente, lo será con carácter virtual.
- ¿Debe bajarse el conductor del vehículo para colocar la baliza?Se reitera que de acuerdo con el artículo 130.3 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, “en el caso de accidente o avería, como norma general, si el vehículo está inmovilizado sin posibilidad de reemprender la marcha, los ocupantes deberán abandonar el vehículo, siempre que exista un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación y, en todo caso, deberán salir del vehículo por el lado contrario al flujo de tráfico sin transitar o permanecer en los carriles o arcenes que conforman dicha plataforma. Si las condiciones de circulación no permitieran a los ocupantes abandonar el vehículo con seguridad, permanecerán en el habitáculo con el cinturón abrochado”.Por tanto, corresponderá al conductor valorar si es posible abandonar o no el vehículo en condiciones de seguridad.
- Dado que nuestros vehículos realizan transporte internacional ¿la nueva señal V-16 es reconocida, al menos en el ámbito de la UE, como elemento de preseñalización de peligro para el caso de una inmovilización por emergencia o caída de la carga a la carretera?La Convención de Viena establece que los países podrán exigir, para permitir la “circulación internacional” por su territorio, que el automóvil lleve a bordo un dispositivo de señalización que consistirá en “una placa en forma de triángulo equilátero” o “en cualquier otro dispositivo de igual eficacia prescrito por la legislación del país en el que esté matriculado el vehículo”.Los vehículos matriculados en otros países que circulen en situación de “circulación internacional” por España estarán cumpliendo la normativa si utilizan los triángulos.Los vehículos matriculados en España en situación de “circulación internacional” por otro país firmante de cualquiera de los convenios vigentes, estará cumpliendo la normativa utilizando el nuevo dispositivo de preseñalización de peligro V-16 luminoso y conectado, sin necesidad estar dotado de los triángulos de preseñalización..
Descargar OFICIO Contestación Comité Nacional del Transporte por Carreteras
Formación especializada en DAC Docencia
DAC Docencia, centro de formación especializado en la formación de docentes expertos en movilidad segura y sostenible, ofrece cursos actualizados en base a la normativa vigente. Estos cursos incluyen formación específica sobre la señal V-16 y su implementación normativa, asegurando que los docentes dispongan de los conocimientos necesarios para transmitir la regulación del dispositivo y su uso en circulación nacional e internacional, promoviendo la seguridad vial y el cumplimiento normativo.