L-V: 9 a 17:30
Noticias

La Ley de Movilidad pone en valor el Certificado Profesional de Asesor en Movilidad Segura y Sostenible

La Ley de Movilidad pone en valor el Certificado Profesional de Asesor en Movilidad Segura y Sostenible
Tabla de contenidos

Los planes de Movilidad serán una obligación legal pero también una oportunidad Estratégica

La Ley de Movilidad Sostenible, publicada en el BOE el 4 de diciembre de 2025, establece un marco normativo que transformará la forma en que administraciones y empresas gestionan los desplazamientos. No se trata solo de una obligación legal, sino de una oportunidad estratégica para reducir emisiones, mejorar la seguridad vial y optimizar costes. La norma articula tres tipos de planes: Planes de Movilidad Sostenible de entidades locales (artículo 24), Planes para grandes Centros de Actividad (artículo 25) y Planes de Movilidad al Trabajo (artículo 26). Todos ellos deberán registrarse en el Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM) y someterse a seguimiento periódico.

Planes de movilidad de entidades locales (artículo 24)

Los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes deberán aprobar un Plan simplificado en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley. Estos planes se revisarán cada seis años y tendrán informes de seguimiento cada tres años. Deberán incluir medidas para la distribución urbana de mercancías y coordinarse con municipios colindantes. Las comunidades autónomas podrán exigir planes a otros municipios o entidades supramunicipales.

Valor del Asesor de Movilidad: El Asesor de Movilidad certificado aporta metodología para el diagnóstico territorial, diseña medidas adaptadas a la realidad local y garantiza la integración de indicadores en el EDIM. Además, facilita la coordinación intermunicipal y la participación ciudadana.

Planes para grandes centros de actividad (artículo 25)

Los ministerios competentes fijarán criterios para identificar grandes centros (por superficie, número de trabajadores y afluencia). Una vez publicados, los centros obligados dispondrán de 18 meses para aprobar su plan, revisarlo cada cinco años y designar un gestor de movilidad. Estos planes deberán coordinarse con los municipales y registrarse en el EDIM.

Valor del Asesor de Movilidad: El asesor facilita la identificación de soluciones colaborativas entre empresas, diseña estrategias para reducir desplazamientos en horas punta y coordina el plan con el municipal y los PMST de las empresas del entorno. Su conocimiento técnico asegura que los objetivos sean medibles y alcanzables.

Planes de movilidad al trabajo (artículo 26)

Empresas y entidades públicas con más de 200 trabajadores o 100 por turno deberán implantar un plan en 24 meses. El seguimiento será bienal, con informes sobre el grado de implantación. El contenido mínimo incluye movilidad activa, transporte colectivo, bajas emisiones, teletrabajo, infraestructura de recarga y seguridad vial. Para centros con más de 1.000 trabajadores en áreas metropolitanas de más de 500.000 habitantes, se exigen medidas adicionales para reducir la movilidad en horas punta.

Valor del Asesor de Movilidad: Lidera la negociación con los representantes laborales, diseña un mix modal eficiente (lanzaderas, aparcamientos seguros, incentivos al Transporte Público), y establece indicadores para evaluar la implantación. Además, asegura la integración del plan en la estrategia de sostenibilidad de la empresa y su registro en el EDIM.

Seguimiento, sanciones y subvenciones

  • Seguimiento: Informes cada 3 años en planes locales, cada 5 años en grandes centros, cada 2 años en PMST.
  • Comunicación: Todos los planes deben comunicarse a la autoridad autonómica en un plazo de tres meses desde su aprobación.
  • Sanciones: El incumplimiento de plazos se considera infracción leve, sancionada con multas de 101 a 2.000 euros.
  • Subvenciones: El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible convocará ayudas para financiar planes de movilidad al trabajo en empresas con más de 100 trabajadores o 50 por turno, con criterios de concurrencia competitiva.

El asesor de Movilidad Segura y Sostenible certificado: una profesión con futuro

La complejidad de los diferentes Planes de Movilidad exige profesionales cualificados para garantizar que las medidas sean viables, cumplan la normativa y se integren en la estrategia de sostenibilidad de cada organización. Este perfil cualificado está reconocido en el Sistema Educativo español a través del título Técnico Superior en Formación para la Movilidad Segura y Sostenible, la única titulación reglada que contempla la figura del Asesor de Movilidad como desempeño profesional. Este grado superior dota al profesional de competencias en planificación, Seguridad Vial, gestión de emisiones, diseño de rutas, integración del transporte colectivo y estrategias de Movilidad Activa.

Además, este título se desglosa en Grados C, entre los que destaca el certificado profesional Asesoría en Movilidad Segura y Sostenible (SSC_C_014_5B), con validez en todo el territorio nacional. Este certificado, vinculado al título de Técnico Superior, acredita la capacidad para asesorar y diseñar planes de movilidad sostenible en empresas y administraciones

Estamos ante una oportunidad única para que la Movilidad deje de ser un problema y se convierta en una ventaja competitiva. La ley marca el camino, pero son los profesionales especializados quienes harán posible el cambio.

¡Compártelo!