El Tribunal Supremo ha marcado un antes y un después en la regulación de los patinetes eléctricos de altas prestaciones. En una reciente sentencia, el Alto Tribunal confirma que los patinetes eléctricos modificados o con potencia y velocidad superiores a los límites legales deben considerarse ciclomotores, y, por tanto, requieren permiso de conducción para circular por la vía pública.
Esta resolución, con ponencia del magistrado Julián Sánchez Melgar, consolida la línea jurisprudencial que diferencia claramente entre Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y ciclomotores, una cuestión que hasta ahora generaba dudas debido al auge de patinetes cada vez más potentes.
El caso: un patinete que alcanzaba 45 km/h
Los hechos que dan origen a la sentencia ocurrieron en septiembre de 2021, cuando un ciudadano fue interceptado por la Policía Local de Barcelona conduciendo un patinete eléctrico Sabway Diablo 1.900W, capaz de alcanzar 45 km/h y con una potencia de 1.900 vatios. El conductor carecía de permiso de conducción.
El Juzgado de lo Penal nº 28 de Barcelona lo condenó por un delito contra la seguridad vial por conducir sin permiso, una decisión que posteriormente confirmó la Audiencia Provincial. La defensa acudió en casación alegando que el vehículo debía considerarse un VMP y no un ciclomotor, pero el Tribunal Supremo rechazó reabrir la discusión técnica porque el nuevo modelo de casación exige respetar los hechos probados.
¿Patinete eléctrico o ciclomotor? La clave está en la potencia y la velocidad
La sentencia vuelve a dejar claro que para ser considerado VMP, un vehículo debe cumplir estrictamente con las características definidas por la normativa europea y española:
- Velocidad máxima por diseño entre 6 y 25 km/h,
- potencia limitada, y
- no disponer de asiento ni de sistemas de autoequilibrado más complejos.
Cuando estos límites se superan, el vehículo deja de ser un VMP. De hecho, recuerda el Tribunal, un patinete puede «aparentar» serlo, pero si alcanza velocidades superiores o ha sido modificado, debe clasificarse como ciclomotor.
En el caso analizado, el patinete supera ampliamente los parámetros legales de un VMP y encaja de lleno en la definición europea de ciclomotor. Por ello, su conducción exige una licencia específica y su ausencia constituye el delito del artículo 384.2 del Código Penal.
Un criterio jurisprudencial con impacto en seguridad vial
La sentencia desestima el recurso del acusado, confirma la condena y le impone las costas procesales. Pero más allá del caso concreto, la resolución es relevante porque:
- Fija doctrina sobre cómo clasificar los patinetes eléctricos de alta potencia.
- Refuerza la seguridad jurídica ante la proliferación de modelos potentes y/o modificados.
- Aclara las obligaciones de los usuarios, evitando confusiones entre VMP y ciclomotores.
El Tribunal Supremo remarca que, en caso de duda, la potencia y la velocidad real del vehículo son los elementos determinantes para su calificación legal.
Marco penal aplicable
El delito de conducir sin permiso está regulado en el artículo 384 del Código Penal. Este precepto prevé penas de multa o prisión para quienes conduzcan vehículos que requieran autorización administrativa sin disponer de ella.
La jurisprudencia reciente está prestando especial atención a los vehículos eléctricos de altas prestaciones debido a su creciente presencia en la vía pública y al aumento de siniestros relacionados.
Preguntas frecuentes sobre patinetes eléctricos y permisos
¿Necesito permiso de conducir para cualquier patinete eléctrico?
No. Solo para aquellos que, por potencia o velocidad máxima, dejan de ser VMP y pasan a considerarse ciclomotores.
¿Cómo saber si mi patinete necesita permiso?
Si supera los 25 km/h o los límites de potencia establecidos por la normativa, necesita permiso de conducción, seguro obligatorio y matriculación.
¿Qué me puede ocurrir si conduzco un patinete modificado sin permiso?
Puede constituir un delito contra la seguridad vial, con multas elevadas o incluso penas de prisión en caso de impago, además de costas procesales.
¿Qué aporta esta sentencia a la sociedad?
Clarifica el marco legal, refuerza la seguridad vial y ayuda a delimitar la frontera entre patinetes eléctricos recreativos y vehículos que, por prestaciones, deben tratarse como ciclomotores.