El Consejo de Ministros ha aprobado a fecha de 10 de septiembre de 2024 un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, actualizando una normativa vigente desde hace 30 años para alinearla con las leyes europeas actuales. El objetivo es unificar el tratamiento de los vehículos históricos a nivel internacional y evitar la pérdida de estos vehículos hacia otros países.
El nuevo reglamento, promovido por los Ministerios de Interior y de Industria y Turismo, también solicita a los ayuntamientos que implementen medidas en sus normativas para facilitar la circulación esporádica de estos vehículos. Se exime de la ITV periódica a los vehículos históricos con más de 60 años de antigüedad, mientras que los ciclomotores históricos estarán completamente exentos de esta revisión. Sin embargo, los propietarios pueden optar por una ITV voluntaria si lo desean.
Una de las principales novedades es la creación de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, que sustituirán a los laboratorios autonómicos para evaluar y certificar los vehículos que deseen ser clasificados como históricos.
Requisitos para ser considerado vehículo histórico
Para que un vehículo pueda ser clasificado como histórico, deberá cumplir uno de los siguientes criterios:
- Haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace al menos 30 años, haber dejado de fabricarse su modelo específico y mantenerse en su estado original, sin modificaciones significativas. Además, deberá encontrarse en buen estado de conservación.
- Formar parte del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o haber sido declarado de interés cultural.
- Poseer un valor especial, ya sea por haber pertenecido a una figura relevante o por haber participado en un evento histórico significativo.
Se eliminan los vehículos de colección de la clasificación de vehículos históricos. Además, se introducen dos nuevos procedimientos para la obtención de la clasificación histórica:
- Proceso abreviado para aquellos vehículos con 30 años de antigüedad y ITV en vigor.
- Proceso más detallado para aquellos que no cumplan estos requisitos.
Nuevas regulaciones sobre la circulación de vehículos históricos
El nuevo reglamento impone un límite de velocidad de 80 km/h para los vehículos históricos sin cinturones de seguridad en las plazas delanteras y prohíbe el transporte de menores de 135 cm en vehículos que no dispongan de sistemas de retención infantil.
El uso de los vehículos históricos será únicamente ocasional, prohibiéndose su utilización como medio de transporte cotidiano, en transporte público de personas o mercancías, así como en actividades agrícolas o de construcción.
Los Ministerios implicados confían en que este reglamento genere un impacto económico positivo, impulsando el sector de la restauración y la compraventa de vehículos históricos.
Importancia de la formación especializada en la normativa y reglamentación de los vehículos históricos
DAC Docencia es centro de referencia en formación técnica y vial dirigida a expertos docentes del sector de la movilidad segura y sostenible.
En DAC Docencia somos conscientes de la importancia de formar a los docentes del sector de la movilidad, en la normativa sobre vehículos históricos, para garantizar que se cumpla y seguir contribuyendo a una movilidad segura y sostenible.