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Cambios en el reglamento de ordenación de los transportes terrestres para los centros de formación

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Cambios en el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres para los centros de formación


Índice del artículo
Desde Dac Docencia vamos a explicarte en este artículo los cambios producidos con la modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres que afectan a los centros de formación CAP.
Vamos a centrarnos hablarte de los siguientes cambios:

Excepciones

En cuanto a las excepciones, se añaden algunas nuevas y se modifica una excepción que estaba teniendo diferentes interpretaciones.
Las nuevas excepciones son:

  • Los vehículos utilizados en servicios de emergencia, es decir, todas las ambulancias no necesitarán el CAP.
  • Transporte en vehículos que lleven unidos de forma permanente máquinas o instrumentos como grupos electrógenos, grúas de elevación, equipos de sondeo, etcétera, tampoco necesitarán el CAP.
  • Transportes realizados íntegramente en recintos cerrados dedicados a actividades distintas del transporte terrestre. Por ejemplo, los vehículos que circulan dentro de un aeropuerto tampoco necesitarán el CAP.
  • Los transportes de basura también quedarán exentos.

La excepción que han modificado ahora queda de la siguiente forma:

  • Los utilizados para realizar transporte privado complementario en los que exclusivamente se transporte material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal de dicho conductor.

Comunicaciones y desarrollo de los cursos

En cuanto a las comunicaciones de los centros de formación lo más importante es que a partir de ahora se podrá comunicar el listado de alumnos con sólo 24 horas de antelación, lo cual facilitará la gestión de los cursos.
Es importante destacar que a partir de ahora, los centros de formación deberán contar con control de acceso biométrico en las aulas y en los vehículos; para controlar de una mejor forma la asistencia de los alumnos.
Además, la falta de asistencia a los cursos a partir de un 5% de las horas, será causa de exclusión. Y si durante una inspección, se detecta la falta injustificada de un alumno será causa de exclusión.

Homologación de autorización

Sobre las homologaciones cabe destacar que a partir de ahora no es necesario renovar las homologaciones de los cursos (anteriormente se hacía cada 5 años), salvo que se modifique el contenido de los cursos por parte de Fomento.
Además, los centros deben contar con instalaciones para las prácticas de extinción de incendios, ya que hasta ahora dicha práctica se encontraba en los contenidos de los cursos de CAP inicial pero no se especificaba que hubiera que contar con dicha autorización o convenio con otra entidad. Por lo que a partir de ahora, todos los alumnos de CAP inicial dedicarán 3 horas (hora y media si es un curso acelerado) a realizar dicha práctica en instalaciones adecuadas.
Otro aspecto que se ha modificado es el plazo para realizar la formación continua del CAP, a partir de ahora los conductores podrán renovar el CAP en los 12 meses anteriores sin perder antigüedad en su fecha de caducidad.
Y por último, respecto a los contenidos, por el momento solo se ha modificado el lugar donde deben desarrollarse determinados módulos. Tal y como hemos mencionado, en el Objetivo 3.5 de los cursos de CAP mercancías se realizará la práctica de extinción de incendios en un lugar adecuado. Y todo el módulo 1 de los cursos de CAP continua sobre conducción racional se podrá impartir en el aula, vehículo o simulador, indistintamente.
Si tienes un centro de formación o eres docente de alguno esperamos que este post te haya aclarado cuáles son los cambios que más te afectan.
Me interesa saber más

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